Contratos Swap de Divisas: alcance y función de estabilidad financiera

Hace pocos días se difundió el apoyo financiero que Estados Unidos le daría a la Argentina, como una señal política y económica en momentos de fuertes turbulencias, mediante el otorgamiento de un «Contrato Swap» por US$ 20 mil millones. Si bien ya existía un contrato histórico celebrado bajo el gobierno de Cristina Fernández con el gobierno de China, nominado en yuanes, la relevancia de esta operación se vincula con la utilización de la moneda dólar y su amplia difusión en la economía interna argentina.

Introducción: ¿Qué es un Contrato Swap de Divisas?

Un Contrato Swap (o permuta financiera) es fundamentalmente un acuerdo para comprar y vender una moneda por otra mediante el intercambio del nocional en dos fechas separadas. Este mecanismo asegura tasas al contado (spot) y a plazo (forward) de manera simultánea. Estos contratos permiten cubrir el riesgo de fluctuaciones del mercado durante el período del contrato, proporcionando claridad sobre los flujos de caja futuros.

El núcleo de un Swap está compuesto por dos transacciones conjuntas:

  1. Una transacción al contado (la «pata cercana» o near leg), que implica la compra de una divisa y la venta de otra para liquidación inmediata (generalmente dos días hábiles después).
  2. Un acuerdo simultáneo para realizar la transacción inversa en una fecha de vencimiento futura (la «pata lejana» o far leg), que se conoce como una transacción a plazo (forward).

El Uso Institucional de los Swaps: Liquidez y Estabilidad

Si bien los contratos swap son herramientas comunes para empresas que buscan mitigar fluctuaciones en la valoración de activos o pasivos en divisas no esenciales, su estructura también es utilizada por instituciones financieras clave a nivel global, principalmente los bancos centrales.

Los acuerdos de swap interbancarios, que tienen como uno de sus partes esenciales al Banco de la Reserva Federal (FED) o el Banco Central Europeo (ECB), se establecen para convertir acuerdos temporales en arreglos permanentes (standing arrangements) con el objetivo de facilitar el funcionamiento de los mercados financieros y proporcionar liquidez en una divisa específica (por ejemplo, YEN, USD, EUR o GBP).

En Uruguay existen casos documentados de acuerdos de swap de liquidez (conocidos como «central bank liquidity swaps» o líneas de swap de divisas) entre el Banco Central del Uruguay (BCU) y la Reserva Federal de los Estados Unidos (FED). Estos no son contratos permanentes o de gran escala como los que la FED mantiene con bancos centrales de economías avanzadas (por ejemplo, el BCE o el Banco de Inglaterra), sino líneas temporales o de contingencia activadas en momentos de crisis globales para proporcionar liquidez en dólares estadounidenses y estabilizar los mercados financieros internacionales.

Ocurrió por ejemplo en el año 2008, luego de la crisis financiera mundial de las subprime y Lehman Brothers (operación con la FED por US$ 2000 millones aproximadamente, de contingencia para aliviar tensiones monetarias y con poco uso salvo momentos específicos) y también durante la pandemia del Covid-19 (operación renovada con la FED por US$ 450 millones, con tasas bajas para reactivación económica y estabilizar las reservas). En la década de 1960 también hubo algunos acuerdos Swap post-guerras mundiales, de montos variables (entre US$ 100 y US$ 500 millones), que se terminaron en la década siguiente.

Uruguay no tiene un swap standing con la FED, es decir, un acuerdo contingente negociado para que sea estable o permanente, sino exclusivamente que se accede ante eventos excepcionales o urgentes.

Estructura Contractual y Mecanismos de Ejecución

Desde la perspectiva legal y operativa (tomando como referencia los acuerdos interbancarios):

  1. Definición de Transacción: Las compras y recompras subsiguientes bajo el acuerdo se denominan colectivamente «Transacciones Swap».
  2. Tasa de Cambio: La tasa de cambio (Exchange Rate) que se aplica a la compra y recompra de divisas se basa en la tasa de cambio spot de mercado vigente acordada mutuamente. Es crucial que la misma tasa de cambio (la tasa de la pata spot) se aplique tanto a la pata spot como a la pata forward de la misma Transacción Swap.
  3. Plazo: En general el plazo máximo es de 88 días, aunque puede modificarse, renovarse o extenderse de mutuo acuerdo o previsto automáticamente en el propio Contrato Swap.
  4. Cuentas Designadas: Para la implementación de estos acuerdos, las partes abren cuentas en los libros de la contraparte (ej. la cuenta del BOJ en el FRBNY). Ninguna instrucción de pago se ejecuta en relación con estas cuentas, salvo aquellas relacionadas con la implementación del acuerdo swap. Tampoco se concede crédito intradiario o overnight en estas cuentas.
  5. Remuneración y Costos: Puede existir el pago de una tarifa (Fee) por la divisa comprada. Esta tarifa (el Fee) se calcula multiplicando la cantidad de moneda no-dólar por una tasa acordada (Rate) y se calcula en base a 360 días por el número real de días. Sin embargo, la otra parte no paga intereses o tarifa por la porción en USD mantenida en la cuenta no remunerada.

Mitigación de Riesgos y Terminación

Los contratos formales, especialmente en el ámbito institucional, incluyen cláusulas sólidas para manejar el incumplimiento:

  • Rollover (Renovación): Si una parte no paga la cantidad nocional y la tarifa adeudada en la Fecha de Vencimiento (Maturity Date), las partes acuerdan renovar el déficit (más cualquier tarifa adeudada) en una nueva Transacción Swap overnight.
  • Set-off (Compensación): Si una parte incumple sus obligaciones de pago en la Fecha de Vencimiento, la contraparte está autorizada a compensar cualquier obligación que pueda tener con la parte incumplidora contra la divisa correspondiente que posea en la cuenta designada.

Estos contratos también pueden ser terminados anticipadamente por acuerdo mutuo.