Contratos y trámites judiciales digitales: proyecto de ley

Circula en el Parlamento, un Proyecto de Ley que busca promover la contratación digital, agilizando los procesos de concertación de negocios jurídicos mediante el uso de las nuevas tecnologías e incluyendo propuestas innovadoras en las gestiones notariales. Sintetizaremos a continuación algunas de las principales propuestas.

  • Firma electrónica en apoderamientos y su protocolización

Se destaca, en primer lugar, la propuesta de incorporar el uso de firmas electrónicas en el otorgamiento de apoderamientos de forma totalmente remota, sin requerir de su reproducción en papel. A tales efectos, el Proyecto regula la protocolización preceptiva de tales apoderamientos otorgados y firmados digitalmente, consistente en la impresión o reproducción del documento digital original donde el escribano interviniente pueda verificar las firmas electrónicas incorporadas.

Asimismo, el Proyecto agrega que la protocolización de la copia impresa (en soporte papel) del documento electrónico, se considere como documento válido e igualmente eficaz que el documento digital protocolizado, produciendo los mismos efectos jurídicos.

  • Certificación de firmas por videoconferencia

También se plantea la posibilidad de certificar firmas notarialmente, a través de videoconferencias. A tales efectos, se requeriría de la presencia telemática del escribano actuante y de todos los firmantes, exhibir el documento que se firma en versión papel y hacer constar en el documento de certificación: la identidad de los firmantes; la fecha y hora de actuación; el uso de la modalidad remota; una declaración sobre la ubicación de los identificados; y la plataforma de videoconferencia utilizada.

Otra de las propuestas relativas a la certificación digital refiere a la posibilidad de realizarla en días distintos en caso de actuar varias personas, dejando constancia de este punto en la certificación notarial que se emita en Papel Notarial de Actuación o en el Soporte Notarial Electrónico. Por su parte, se agrega como requisito, el envío al escribano interviniente de todos los originales firmados, a efectos de verificarlos y ligar a su actuación.

  • Traducción de documentos

En relación a este punto, se sugiere habilitar las traducciones oficiales y certificados de concordancia mediante firma electrónica avanzada. A tales efectos, cualquier prestador de certificación acreditado podrá prestar el servicio de expedición de certificados acreditados de firma electrónica avanzada para traductores públicos.

  • Apostilla digital

Se destaca que el Proyecto incluye la posibilidad de apostillar digitalmente los documentos electrónicos, sin necesidad de presentar una reproducción o copia papel. A tales efectos, se propone que las autoridades competentes deban emitir el certificado de Apostilla por documento electrónico y no puedan negarse a recibirlo por medios telemáticos. Con respecto a los documentos emitidos en Soporte Notarial Electrónico, el Proyecto dispone que no requerirán control de legalización de la Inspección General de Registros Notariales, aunque se deberá controlar la validez y vigencia de las firmas electrónicas presentadas en otros documentos que se quieran presentar para legalizar, previendo su presentación telemática.

  • Certificados y firmas electrónicas extranjeras

Con respecto a estos documentos, se plantea la posibilidad de reconocerles validez jurídica en Uruguay, siempre que puedan verificarse por la plataforma correspondiente en el país de origen a efectos de controlar si están avaladas por la unidad certificadora de la jurisdicción que corresponda. En cuanto a su emisión y validez, regirá la ley del país de origen.

  • Prohibición para entidades públicas y privadas

El Proyecto contempla que ninguna entidad pública o privada pueda negarse a recibir documentos que contengan firma electrónica simple o avanzada, ni a rechazar documentos digitales presentados por profesionales mediante firma electrónica o en soporte notarial electrónico.

Asimismo propone incluir que estas entidades tampoco puedan rechazar el control de documentos digitales ni actuaciones que contengan parte de documentos telemáticos.

  • Consideraciones finales

La propuesta analizada pretende acompasar la práctica jurídica a las novedades tecnológicas, ofreciendo soluciones para modernizar ciertos procesos transaccionales que ya resultaban por demás tradicionales para los tiempos actuales, donde el tiempo y la eficiencia apremian.

Esta necesidad se vio exacerbada a partir de la Pandemia, donde el uso de la tecnología resultó fundamental para la continuidad de una amplia variedad de actividades y que, al mismo tiempo, en la práctica jurídico-notarial, complicó la fluidez de los negocios, por no contar con normativa suficiente.

Si bien Uruguay ha dado grandes pasos en materia de derecho tecnológico en los últimos años, queda todavía un gran camino para recorrer y varias propuestas que analizar e implementar, tal como la referida en este comentario. Restará aguardar el trámite parlamentario de este Proyecto, a efectos de conocer qué trato se le dará a los diversos puntos planteados y en definitiva, conocer la versión que finalmente resulte aprobada.