Defensa de la Competencia: nuevas reglas para concentración en mercados relevantes

La Comisión de Defensa de la Competencia (CDC) ha determinado, a principios de febrero 2022, una revisión de la definición de «mercado relevante» para dos casos emblemáticos de concentración empresarial y competencia comercial: el mercado de distribución minorista (básicamente supermercadismo) y el propio de las farmacias.

Las resoluciones más nuevas alteran los criterios o parámetros técnicos que se venían utilizando, básicamente focalizado en uno o dos aspectos (ej. cantidad de cajas de cobranza o distancia de sus competidoras), para ampliar la gama de elementos que deben incluirse en el análisis de concentración potencial o futura de cualquier operación proyectada.

La Ley de Promoción y Defensa de la Competencia N º 18.159 de 20 de julio de 2007, y demás normativa complementaria y concordante, dispone la defensa de la libre competencia evitando la concentración y las prácticas abusivas o distorsivas del mercado. El concepto de «mercado relevante» pasa a tener un lugar preponderante porque laas autoridades deben analizar el impacto de cualquier operación o actividad de los agentes del mercado a la luz de esa noción.

Éstas son las dos resoluciones de la CDC que comentamos:

Mercado de Distribución Minorista:

Mercado de las farmacias: