Es ley: día libre por donación de plasma

Como parte de la batería de normas que se vienen aprobando para generar incentivos en la lucha contra la propagación de la COVID-19, el Parlamento aprobó unánimemente en ambas cámaras, un proyecto de ley que otorga a trabajadores públicos y privados recuperados de la enfermedad, un día libre en su jornada para que puedan concurrir a donar plasma, debiendo comunicar previamente esta circunstancia al trabajador y posteriormente, acreditarla.

Si bien la norma no indica plazos tanto para comunicar como para acreditar la donación al empleador, convendría seguir un criterio razonable, considerando el impacto en los compromisos asumidos y en la dinámica laboral.

En cuanto a los requisitos a observar para la donación de plasma, el Servicio Nacional de Sangre requiere que el donante pese más de 50 kilos, se hubiese recuperado de COVID-19 hace más de 28 días, cuente con prueba de haber cursado la enfermedad y presente su documento de identidad. No podrán donar plasma quienes tengan síntomas gripales o hayan viajado al exterior recientemente, así como mujeres que hubieran transitado un embarazo, personas que hubieran recibido una transfusión de sangre o que se hubieran colocado un piercing o tatuado en los últimos 12 meses o quienes hubieran tenido hepatitis después de los 10 años de edad. Aquellos trabajadores que tomen algún tipo de medicación deberán consultar previamente al SNS, a efectos de determinar eventuales riesgos contraproducentes.

*Se informa que todos los interesados deberán contactarse con el SNS al 2487 2414, completar un formulario y en caso de cumplir con todos los requisitos, se coordinará la extracción de sangre para estudio.

Formulario:https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdQuXvjoYa4oSLOQ2Eqoml5On_63j5hCsjb33AEwHYcC507Ug/viewform