Nuevo reglamento para los servicios de seguridad privada

El Poder Ejecutivo dictó el Decreto 185/2022 de fecha 21 de enero de 2022, que contiene el nuevo reglamento para las actividades y empresas de seguridad privada.

De acuerdo con esta norma, que reglamenta la Ley 19.721 de 21 de diciembre de 2018, todas las empresas de seguridad privada están obligadas a prestar su colaboración a la Policía Nacional y se considerarán como servicios complementarios a la seguridad policial del Estado.

La normativa regula, entre otros, los siguientes aspectos:

a) el personal de las empresas de seguridad, tanto en condiciones para acceder a esas funciones, los niveles de capacitación, las obligaciones y funciones en cada caso, las responsabilidades, etc.

b) las empresas de seguridad privadas, en cuanto a su habilitación, roles y actividades permitidas, medios que pueden ser utilizados, sistema de sanciones, etc.

c) las cuestiones propias de la supervisión y vigilancia que ejerce en todo momento la Policía, a través de la Dirección General de Fiscalización de Empresas (DIGEFE), sobre los guardias de seguridad y la empresas autorizadas.

Por considerarlo de interés, dejamos a disposición la nueva normativa que hemos comentado: